La CNC considera un paso atrás el Proyecto de Ley sobre la Directiva de Servicios

La Comisión Nacional de la Competencia, al hacer público su Informe sobre el Anteproyecto de Ley Ómnibus, alerta ante la posibilidad de que las reformas estructurales asociadas a la transposición de la Directiva de Servicios queden en entredicho. La futura Ley Ómnibus constituye la segunda pieza del proceso de transposición de la Directiva de Servicios al ordenamiento jurídico español, al margen de las reformas preceptivas que deben sucederse en el nivel autonómico. Se trata, con esta Ley, de iniciar la adaptación del marco normativo sectorial actualmente vigente, cuya finalización está prevista para finales de este año. La Ley Ómnibus sirve de complemento a la futura Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio –conocida como Ley Paraguas-, de carácter horizontal y efecto fundamentalmente pro futuro, así como al proceso de revisión de la normativa reglamentaria en materia de servicios y al que se lleva a cabo por parte de las Comunidades Autónomas en relación con su propia normativa. La trasposición correcta de la Directiva de Servicios a través de los cambios legales necesarios en nuestras leyes sectoriales es una oportunidad única para mejorar nuestro entorno económico a través de una regulación moderna que elimine restricciones innecesarias a la actividad económica que perjudican a los operadores económicos, pero, sobretodo, a los consumidores.

Sin embargo, la CNC es consciente de que las presiones que existirán en esta materia para mantener situaciones de privilegio en determinados casos serán muy fuertes, pero por eso considera preciso mantener una postura firme y explicar claramente los beneficios que una correcta aplicación de la Directiva de Servicios reportarán al que debe ser su principal beneficiario: los millones de consumidores. Desafortunadamente, la CNC ha podido ya observar los efectos de algunas iniciativas para no alterar, o no hacerlo en exceso, la situación vigente, de tal forma que, respecto al Anteproyecto informado por la CNC el 22 de abril pasado, que ahora se hace público, el Proyecto de Ley finalmente aprobado por el Gobierno y remitido al Parlamento para su tramitación se ha visto modificado en algunos aspectos reduciendo su alcance o su grado de ambición respecto a la versión inicialmente prevista.

Como ejemplo de esta posible regresión con respecto a los objetivos iniciales mucho más ambiciosos, la CNC destaca el paso atrás que ha supuesto el Proyecto de Ley aprobado en materia de colegios profesionales. Es muy significativo que, en materia de colegiación obligatoria no se hayan determinado de manera tasada los supuestos en los que ésta procede, dejando la puerta abierta a la consolidación del actual marco regulador de colegios, tanto en el plano estatal como en el autonómico. En el Proyecto no se ha aceptado la observación de la CNC en el sentido de que se derogaran explícitamente las normas colegiales relacionadas con visados, publicidad, incompatibilidades, restricciones territoriales, obligaciones de ejercicio en exclusiva y baremos de honorarios.

Finalmente, no se puede dejar de señalar que los avances en la Directiva de Servicios se pueden ver truncados por otras modificaciones legales paralelas. Este parece ser el
caso de la regulación de la incompatibilidad entre procuradores y abogados. Así, en aplicación de la Directiva de Servicios, el Proyecto ómnibus establece que las incompatibilidades solo pueden establecerse por norma de rango de ley; puesto que la incompatibilidad entre procuradores y abogados se establece en un reglamento, debía entenderse automáticamente derogada. Sin embargo, lo que parece que sucederá es que esa incompatibilidad se establecerá por ley a través de una enmienda en el Proyecto de ley de nueva oficina judicial en tramitación parlamentaria.

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