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El Gobierno aprueba el Real Decreto Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo. Además, ha acordado el objetivo de estabilidad presupuestaria para el período 2011-2013 y el límite de gasto no financiero del Estado para los Presupuestos de 2011.
María Teresa Fernández de la Vega y Celestino Corbacho

La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, ha asegurado que la reforma laboral aprobada hoy es la más importante de las emprendidas en los últimos 20 años.

La reforma va a dinamizar el mercado de trabajo, incentiva la contratación de jóvenes, de parados de larga duración y ambiciona que el despido sea siempre la última opción del empresario, según De la Vega.

La Vicepresidenta ha destacado que el Real Decreto Ley propone, en primer lugar, reducir la temporalidad excesiva e incentivar los contratos indefinidos. Es decir, conseguir mayor estabilidad en el empleo y menos precariedad.

En segundo lugar, pretende incrementar las posibilidades de adaptación de las condiciones de trabajo, incluidas las salariales, a la situación real de las empresas mediante procedimientos de negociación entre empresarios y trabajadores, e incluye la posibilidad de introducir un arbitraje voluntario.

Además, precisa mejor las causas en el despido por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. De esta forma, ha dicho, se establece un incremento de la seguridad jurídica, y se van a mantener las indemnizaciones a percibir por los trabajadores en caso de despido conforme a los distintos tipos de contrato.

Fernández de la Vega ha añadido que con esta reforma el Gobierno quiere lograr que la recuperación económica se traduzca en más y mejor empleo, en más estabilidad laboral y en más flexibilidad en el empleo.

La Vicepresidenta ha asegurado que aunque el texto aprobado hoy no cuenta con la rúbrica de los agentes sociales, sí contiene el espíritu de sus aportaciones, que el Gobierno ha querido recoger desde el equilibrio, conjugando la flexibilidad de las empresas con la imprescindible seguridad de los derechos de los trabajadores.

El Gobierno confía en que esta reforma, ambiciosa, sustantiva y de calado pueda hacerse con el mayor grado de acuerdo, por lo que ha contactado con los grupos parlamentarios para conocer sus criterios, algunos de los cuales se han incorporado ya al texto. Además, se podrán incorporar algunas iniciativas más al transformarse en Proyecto de Ley en la tramitación en el Congreso de los Diputados.

María Teresa Fernández de la Vega ha subrayado que el Gobierno afronta la reforma laboral desde la iniciativa y la convicción de su necesidad, desde la responsabilidad y desde el diálogo.
Reforma sustancial y profunda
Celestino Corbacho

El ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, ha calificado la reforma de sustancial y, al igual que la Vicepresidenta, considera que es una de las más importantes que se han acometido en nuestro país en los últimos años. El modelo «pretende hacer una reforma profunda estructural con vocación de permanencia para las próximas décadas», ha dicho.

Corbacho también ha resaltado los tres objetivos de la reforma: mejorar la productividad, dar mayor estabilidad en el empleo y dotar de mayor flexibilidad interna a las empresas.

El ministro ha reiterado que mayor flexibilidad no quiere decir mayor inseguridad, ya que el texto es «una apuesta decidida por garantizar la seguridad de los derechos de los trabajadores».

Celestino Corbacho ha explicado algunas de las modificaciones del contenido de la reforma que avanzó en el Consejo de Ministros de la semana pasada y presentó esta semana a sindicatos y empresarios.

El Gobierno apuesta por favorecer el contrato para el fomento de la contratación indefinida, ampliando los colectivos que pueden tener acceso a esta modalidad. Así, según el ministro, un trabajador de entre 31 y 34 años que haya tenido un contrato fijo y sea despedido, podrá ser contratado mediante un contrato estable de fomento, algo que con la actual legislación no es posible.

Por otra parte, se prevé que el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) asuma una parte de la indemnización que corresponda al trabajador en los despidos por causas económicas. El FOGASA se hará cargo de 8 días de indemnización por despido improcedente tanto si el trabajador tiene un contrato fijo ordinario o un contrato de fomento del empleo.

El titular de Trabajo también ha apuntado que no es intención del Gobierno que el modelo contemple un incremento de las cuotas empresariales a la Seguridad Social.

Asimismo, ha aclarado que el único contrato de carácter temporal que cambia su régimen jurídico en cuanto a tiempo es el de obra y servicios. La cuantía de la indemnización por despido en este tipo de contratos pasa de los 8 días actuales a los 12 en 2015.

En cuanto a las empresas de trabajo temporal, el ministro ha avanzado que se levanta la restricción de operar en el sector de la Administración Pública.
Estabilidad Presupuestaria
Maria Teresa Fernández de la Vega

El Consejo de Ministros ha aprobado el objetivo de estabilidad presupuestaria para el período 2011-2013 y el límite de gasto no financiero del Estado para los Presupuestos de 2011.

Según las previsiones del Gobierno, el déficit público pasará del 11,2% del PIB registrado en 2009 al 9,3% en 2010; bajará hasta el 6% en 2011; al 4,4% en 2012; y cerrará el período en un 3% en 2013.

El límite de gasto no financiero para 2011 quedará establecido en 122.256 millones de euros, lo que supone un descenso del 7,7% respecto al presupuesto de 2010 en términos homogéneos.

María Teresa Fernández de la Vega ha señalado que «se trata de un importante esfuerzo de austeridad y contención» que nos sitúa en el «camino correcto del cumplimiento de los compromisos adquiridos en el marco del Pacto de Estabilidad y Crecimiento».
Otros acuerdos

Zapatero aborda el mayor recorte de gasto social y salarios de la democracia

El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, en su comparecencia ante el Pleno del Congreso de los Diputados para informar de las decisiones adoptadas en la reunión extraordinaria del Eurogrupo el pasado viernes, ha anunciado una serie de medidas «imprescindibles», «eficientes» y «lo más equitativas» posible para reducir el déficit público y cumplir así con mayor celeridad el compromiso de situarlo en el 3% del PIB en el año 2013.

El Consejo de Ministros aprobará, ha adelantado el Presidente, la próxima semana un decreto-ley para la entrada en vigor inmediata de estas medidas adicionales.

Paralelamente, añadió, el Consejo de Ministros del próximo viernes examinará el techo de gasto de los Presupuestos Generales del Estado para 2011 y el Plan de Austeridad 2011-2013, a fin de incorporar las consecuencias de estas decisiones.
Medidas

Las medidas enumeradas por el jefe del Ejecutivo se inscriben en el compromiso asumido por los Estados miembros de «acelerar o intensificar», en su caso, sus respectivos planes de consolidación fiscal. Además, contribuyen a reforzar la confianza en la economía española y la estabilidad financiera de la zona euro.

Éstas son las siguientes:

* Reducir las retribuciones de personal del sector público en un 5% de media a partir de junio de 2010 y congelarlas en 2011. Los miembros del Gobierno y demás altos cargos tendrán una reducción superior al último tramo de la escala que se establezca para los empleados públicos.
* Suspender para 2011 la revalorización de las pensiones, excluyendo las no contributivas y las pensiones mínimas.
* Eliminar el régimen transitorio para la jubilación parcial previsto en la Ley 40/2007.
* Eliminar la prestación por nacimiento de 2.500 euros a partir del 1 de enero de 2011.
* Reducir los gastos en farmacia mediante una revisión del precio de los medicamentos excluidos del sistema de precios de referencia, y mediante la adecuación del número de unidades de los envases de los medicamentos a la duración estandarizada de los tratamientos, así como dispensación de medicamentos en unidosis.
* Suprimir, para los nuevos solicitantes, la retroactividad del pago de prestaciones por dependencia al día de presentación de la solicitud, estableciéndose, paralelamente, un plazo máximo de resolución de 6 meses, cuyo incumplimiento llevará aparejada retroactividad desde esa fecha.
* Reducir, entre 2010-2011, 600 millones de euros en Ayuda Oficial al Desarrollo.
* Se prevé una reducción de 6.045 millones de euros entre 2010 y 2011 en la inversión pública estatal.
* Se prevé un ahorro adicional de 1.200 millones de euros por parte de las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.

Acciones ya emprendidas

Rodríguez Zapatero ha asegurado que se mantendrán efectivas las acciones ya emprendidas para impulsar la recuperación. Tales son las acordadas en el llamado proceso de Zurbano, las incluidas en la Ley de Economía Sostenible, el Plan de Participación público-privada para la inversión en infraestructuras, las nuevas líneas de crédito del ICO y las reformas estructurales en marcha.

También se refirió a tres procesos que ya están en marcha. El primero de ellos es el relativo a la reforma laboral, que se está negociando entre empresarios y sindicatos y deberá estar concluido este mes de mayo.

El segundo, afecta a la revisión del Pacto de Toledo que se lleva a cabo en el Congreso de los Diputados y espera que, «en no mucho tiempo», se pueda acordar.

El tercero, alude a la reestructuración de nuestro sistema financiero, especialmente el que atañe a las Cajas de Ahorro. En este punto, agradeció la disposición del líder del PP, Mariano Rajoy, para acordar una acción conjunta que impulse definitivamente este proceso.
Esfuerzo de todos

El Presidente ha dicho que no es fácil para un Gobierno presentar estas medidas de ajuste a sus conciudadanos. Especialmente difícil lo es para un Ejecutivo que ha dirigido sus esfuerzos a mejorar la situación de todos los ciudadanos y, especialmente, de los más necesitados.

Fundamentalmente, añadió, porque nada han tenido que ver con el origen de la crisis y , sin embargo son, ahora, los que mayoritariamente deben contribuir con su esfuerzo a corregir sus efectos.

También pidió a los grupos políticos responsabilidad y compromiso con esta tarea en la que todos debemos implicarnos porque lo exige «el bienestar de toda la sociedad».

Hacienda controlará todas las operaciones de más de tres mil euros

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto de modificación de determinadas obligaciones tributarias formales, procedimientos de aplicación de los tributos y de otras normas con contenido tributario. Las modificaciones tienen como objetivos principales continuar con el esfuerzo de la lucha contra el fraude fiscal, impulsar las relaciones electrónicas entre Administración y ciudadanos y simplificar los trámites.

LUCHA CONTRA EL FRAUDE
Por una parte, se realizará un seguimiento más ágil y eficaz de las disposiciones, pagos y cobros que se realicen en metálico a través de entidades bancarias o de crédito cuando éstos superen los 3.000 euros. Por otra, las entidades bancarias o de crédito y demás instituciones que presten el servicio de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito a empresarios y profesionales deberán informar sistemáticamente de las operaciones realizadas por éstos cuando su cuantía anual supere los 3.000 euros. La Agencia Tributaria ya podía acceder a esta información previa petición expresa a las entidades bancarias, pero con el nuevo Real Decreto se sistematiza esta transferencia de datos, dándole regularidad anual.

Con el mismo objetivo de intensificar la transparencia y la lucha contra el fraude fiscal, se modifica el Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado, con la intención de que en las operaciones referidas a bienes inmuebles se identifiquen con claridad los datos de los medios de pago empleados, ya sea en metálico, transferencia, domiciliación, cheques u otros instrumentos de giro.

PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN E INSPECCIÓN
También se modifica el Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de Desarrollo de las Normas Comunes de los Procedimientos de Aplicación de los Tributos.Éstos son algunos de los cambios más relevantes:
-Se incorpora el tratamiento normativo para determinados supuestos de creación de entidades con la finalidad de contribuir a las políticas de promoción empresarial y fomento de la actividad económica.
-Se impulsan las relaciones electrónicas entre la Administración y los ciudadanos a fin de agilizarlas, incorporándose nuevos preceptos en relación con el uso del Documento Único Electrónico (DUE). Éste será válido para las declaraciones censales de alta de una actividad económica, eliminando la obligación de presentar la declaración censal de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
-En materia de notificaciones, se introduce un nuevo artículo destinado a adaptar el régimen de notificaciones tributarias a la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, regulándose la posible atribución de una dirección electrónica a entidades y personas físicas.
Además, el Real Decreto aprobado hoy incorpora una modificación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades para facilitar el desarrollo de las funciones de compensación y liquidación que la normativa atribuye a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores. Por este motivo, se excluye a dicha sociedad de soportar o practicar el Impuesto sobre Sociedades en relación con las rentas derivadas de los préstamos de valores realizados por la entidad.

Finalmente, se modifica también el reglamento que regula las obligaciones de facturación, en lo que hace referencia a la expedición de facturas por parte de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) en nombre y por cuenta de los distribuidores y de los productores de energía eléctrica en régimen especial o de sus representantes. La CNE deberá expedir facturas por las primas equivalentes, las primas, los incentivos y los complementos que correspondan a los productores de electricidad en régimen especial.

El Gobierno aprueba la protección a los autónomos por cese de actividad y la subida de las pensiones

El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley que permite percibir prestación a los trabajadores autónomos que cesen en su actividad de manera involuntaria. Además, ha acordado la subida general de las pensiones del 1%, si bien las pensiones mínimas se revalorizarán un 4% de media. El Ejecutivo también ha abordado una reforma global de la legislación sobre la energía nuclear.

La Vicepresidenta Primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, ha asegurado que el Proyecto de Ley que regula la protección por cese involuntario de actividad de los trabajadores autónomos incorpora gran parte de las observaciones sugeridas por el Consejo Económico y Social. Tendrán derecho a esta protección los autónomos que están obligados a cotizar por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como aquellos que sin estar obligados decidan hacerlo.

La Vicepresidenta ha subrayado que el sistema acordado es «contributivo, solidario y sostenible financieramente» y aporta «nuevas garantías a nuestro mundo laboral». Además, responde a una reivindicación histórica de este importante colectivo y es una de las piezas esenciales del Estatuto del Trabajador Autónomo aprobado en la pasada legislatura.
Pensiones

El Ejecutivo ha aprobado el Real Decreto sobre revalorización de las pensiones del sistema de Seguridad Social y de otras prestaciones públicas para el ejercicio de 2010, que supone una subida con carácter general para el conjunto de más de ocho millones de pensiones contributivas del 8%. María Teresa Fernández de la Vega ha asegurado que la subida será mayor para los 2,7 millones de personas que perciben una pensión mínima, que se revalorizarán en una media del 4%.

Además, el Gobierno ha aprobado el Real Decreto de revalorización y complementos de pensiones para Clases Pasivas del Estado para el próximo año. La revalorización de este tipo de pensiones se fija en el 1%, igual que el IPC previsto para el ejercicio. La decisión afecta a cerca de 600.000 personas y tendrá una incidencia económica de 116 millones de euros.

Las pensiones mínimas en Clases Pasivas, según Fernández de la Vega, experimentarán un incremento entre el 2% y el 4,7%, según la situación del pensionista y la clase de pensión de que se trate. Unos cuarenta mil pensionistas se verán beneficiados de este incremento de mínimos.

En materia económica, el Consejo de Ministros ha acordado la modificación del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) tras la aprobación en el Congreso de los Presupuestos para el año 2010. La Vicepresidenta ha afirmado que «se mantiene la deducción de los 400 euros para las rentas más bajas», en concreto para aquellos contribuyentes cuya base imponible sea inferior a los 8.000 euros.

Además, la deducción se mantiene de manera progresivamente decreciente para los contribuyentes para bases imponibles entre los 8.000 y los 12.000 euros. Fernández de la Vega también ha señalado que se modifica el tipo de retención aplicable en este impuesto, que pasa del 18% al 19%.

Energía nuclear

Otro de los asuntos más importantes abordados por el Consejo de Ministros es la reforma global de la legislación en torno a la energía nuclear. La Vicepresidenta ha destacado que la iniciativa responde a tres objetivos: dar más transparencia y estabilidad a la renovación de las autorizaciones de explotación; transponer a nuestro ordenamiento la normativa internacional más reciente y cumplir con los compromisos del Plan General de Residuos Radioactivos.

Por ello, el Gobierno ha analizado el Anteproyecto que reforma la Ley sobre Energía Nuclear de 1964. El texto, según De la Vega, además de incluir definiciones nuevas sobre qué se entiende por seguridad nuclear, vida de diseño y vida útil, modifica los procedimientos de renovación de las autorizaciones de explotación de las instalaciones nucleares.

Así, se establecen dos tipos de procedimientos: el ordinario, que se aplicará cuando la solicitud de renovación no supere extender la vida útil de la central nuclear más allá de los 40 años, y el extraordinario, cuando la instalación haya llegado ya a ese plazo.

La Vicepresidenta ha apuntado que en este último caso el Consejo de Ministros deberá autorizar el procedimiento teniendo en cuenta consideraciones de interés general, como la seguridad del suministro, los costes de generación eléctrica y las emisiones de gases de efecto invernadero. Otro de las modificaciones contenidas en este Anteproyecto establece que la titularidad de la autorización de explotación de una instalación nuclear será única.

María Teresa Fernández de la VegaEn materia de energía nuclear, el Ejecutivo también ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Responsabilidad Civil Nuclear. Con esta norma, el tramo de la responsabilidad que debe ser cubierto por los titulares de las instalaciones nucleares se incrementa pasando de los 150 millones de euros actuales a los 1.200 millones de euros, según ha explicado Fernández de la Vega.

Además, se amplía el concepto de daño nuclear a los daños medioambientales, se introducen medidas reparadoras y se aumenta a treinta años el periodo de reclamación para daños y para personas.

Se aprueba una subvención de 420 euros para parados sin prestación

* Permitirá que los desempleados que agoten sus prestaciones o subsidios y tengan rentas inferiores al 75 por 100 del Salario Mínimo perciban una cantidad mensual de 420 euros.
* Para solicitar dicha ayuda disponen de dos meses desde el momento que hayan agotado su prestación.
* Con objeto de mejorar sus posibilidades de empleo, los beneficiarios deberán suscribir un compromiso de participación en itinerarios activos de inserción.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley en el que se crea el Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción, que facilitará cobertura económica a desempleados que agoten su prestación o subsidio y carezcan de rentas superiores al 75 por 100 del Salario Mínimo Interprofesional.

El Programa, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, tiene una vigencia de seis meses, prorrogables por periodos de seis meses. La financiación de la prestación, estimada en 642 millones de euros, correrá a cargo de los presupuestos del Servicio Público de Empleo Estatal, mientras las Comunidades Autónomas financiarán las acciones incluidas en los itinerarios de empleo.

Con esta nueva medida el Gobierno contribuye a paliar la situación económica de un número aproximado de 340.000 desempleados que al finalizar sus periodos de prestación contributiva o subsidio no puedan acceder a otra prestación, así como a mejorar sus expectativas laborales.

El Programa facilitará una cobertura equivalente al 80 por 100 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 420 euros mensuales, y dispondrá de dos meses para solicitarla. Su percepción será incompatible con otras rentas concedidas por las distintas Administraciones Públicas. Asimismo, y con objeto de facilitar su incorporación al mercado laboral, el perceptor deberá participar en itinerarios de inserción, que mejorarán sus capacidades y competencias profesionales.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de este Programa los desempleados menores de 65 años que hayan agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo desde el día 1 de agosto y los 180 días naturales siguientes a esa fecha y no tengan derecho al subsidio, siempre que carezcan de rentas superiores al 75 por 100 del Salario Mínimo Interprofesional, así como aquellos que hayan extinguido por agotamiento, incluidas las prórrogas, los subsidios por desempleo.

En ambos casos las personas desempleadas deberán estar inscritas como demandantes de empleo, suscribir el compromiso de actividad y comprometerse a realizar las distintas actuaciones que se determinen por el Servicio Público de Empleo correspondiente.

La solicitud deberá presentarse dentro de los sesenta días siguientes al agotamiento de la prestación o el subsidio por desempleo.

Vía libre al Fondo de Restructuración Ordenación Bancaria (FROB)

* Tendrá una dotación de nueve mil millones de euros, de los que 2.250 serán aportados por los Fondos de Garantía de Depósitos y el resto procederá de los remanentes del Fondo para la Adquisición de Activos Financieros
* Estará dirigido por una Comisión Rectora de ocho miembros presidida por el subgobernador del Banco de España

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley por el que se crea el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), que tendrá dos principales objetivos: gestionar los procesos de reestructuración de entidades de crédito y contribuir a reforzar sus recursos propios en los procesos de integración. Casi dos años después del inicio de la crisis internacional, la capacidad de resistencia del sector bancario español, tradicionalmente sujeto a una regulación y supervisión basadas en una aplicación prudente de los estándares internacionales, ha sido notable, en particular en relación a la de los países de nuestro entorno.

Las entidades sistémicas mantienen una sólida posición que les puede permitir seguir afrontando la crisis sin necesidad de apoyo público. No obstante, algunas entidades financieras podrían llegar a ver comprometida su viabilidad en los próximos meses, debido a la interacción de la persistencia de problemas de liquidez y financiación con el deterioro relativo de sus activos, el aumento de la morosidad y la disminución del negocio. Se hace, por tanto, necesario diseñar una estrategia que favorezca la solución de los potenciales problemas mediante una reestructuración ordenada del sistema bancario español, con el objetivo de mantener la confianza en el sistema financiero nacional y de incrementar su fortaleza y solvencia, de manera que las entidades que subsistan sean sólidas y eficientes. En consecuencia, el Real Decreto Ley aprobado hoy establece una serie de medidas para facilitar la reestructuración bancaria mediante el establecimiento de un proceso predeterminado que se dirige a incrementar la fortaleza y solvencia del sistema bancario español.

PROCESOS DE REESTRUCTURACIÓN DE ENTIDADES DE CRÉDITO

En estos procesos cabe distinguir tres fases:

1. La búsqueda de una solución privada por parte de las propias entidades de crédito, proceso no regulado en este Real Decreto Ley.
2. La adopción de medidas para enfrentar debilidades que puedan afectar a la viabilidad de las entidades de crédito con participación de los Fondos de Garantía de Depósitos.
3. Los procesos de reestructuración con intervención del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.

Cuando existan debilidades en la situación económico-financiera de una entidad que pudieran poner en riesgo su viabilidad y determinaran la conveniencia de acometer un proceso de reestructuración, deberá presentarse, a iniciativa de la entidad o de oficio por el Banco de España, y en el plazo de un mes, un plan de viabilidad para superar la situación.

El plan tendrá que ser aprobado por el Banco de España, que podrá modificarlo en lo que fuera necesario. Contemplará tres posibles actuaciones: reforzar el patrimonio y la solvencia de la entidad, su fusión o absorción, o el traspaso total o parcial del negocio o unidades del mismo. El Fondo de Garantía de Depósitos correspondiente, en los términos previstos en su normativa reguladora, podrá apoyar el plan presentado por la entidad en cuestión mediante las medidas preventivas y de saneamiento que considere adecuadas.

Otorgamiento de financiación

El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria podrá otorgar financiación, en condiciones de mercado, a los Fondos de Garantía de Depósitos, ya sea en establecimientos bancarios, cajas de ahorro o cooperativas de crédito, a fin de que puedan acometer las funciones de apoyo financiero a los planes de actuación de las entidades de crédito.

El Banco de España, con carácter previo a aprobar el plan correspondiente, solicitará informe a la Ministra de Economía y Hacienda en el caso de los bancos o a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas en que tengan su domicilio las cajas de ahorros y, en su caso, las cooperativas de crédito involucradas. Dichos informes deberán ser remitidos en el plazo de diez días.

Si persistiera la situación de debilidad y se produjeran una serie de supuestos tasados (que la entidad no presentara el Plan de viabilidad, o que no fuera capaz de cumplirlo, o que el plan presentado no fuera viable a juicio del Banco de España), se iniciaría la fase de intervención con la utilización del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria. En este caso se produciría la sustitución de administradores de la entidad, y se constituirá en administrador el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, que se constituirá deberá elaborar un informe de situación y someter a la aprobación del Banco de España un plan de reestructuración que tendrá por objeto bien la fusión de la entidad o bien el traspaso total o parcial del negocio mediante la cesión global o parcial de activos y pasivos.

Apoyos financieros

El Fondo de Reestructuración podrá, temporalmente, suministrar los apoyos financieros que se precisen como concesión de garantías; préstamos en condiciones favorables; financiaciones subordinadas; adquisición de cualquier tipo de activos que figuren en el balance de la entidad; suscripción o adquisición de valores representativos de recursos propios, etcétera). La adquisición de acciones o cuotas participativas por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria requerirá que se acuerde la supresión del derecho de suscripción preferente de los accionistas o cuotapartícipes existentes.

Cuando el FROB adquiera cuotas participativas de una caja de ahorros, gozará de un derecho de representación proporcional en la Asamblea General. El citado derecho excepcional de representación se mantendrá exclusivamente mientras el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria mantenga la titularidad de los citados valores y no será transmisible a posteriores compradores de los mismos.

REFORZAMIENTO DE LOS RECURSOS PROPIOS DE LAS ENTIDADES DE CRÉDITO

Además de la función relativa a los procesos de reestructuración de entidades de crédito, este Real Decreto prevé también la posibilidad de que el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria apoye procesos de integración entre entidades dirigidos a mejorar su eficiencia a medio plazo. La capitalización transitoria de entidades de crédito que, sin encontrarse en una situación que exija llevar a cabo un proceso de reestructuración como los descritos anteriormente, inicien un proceso de integración, puede ser necesaria en un contexto como el actual, caracterizado por la dificultad de obtener recursos propios en los mercados mayoristas, lo que puede obstaculizar la realización de operaciones que podrían suponer un avance en la racionalización de la estructura productiva bancaria y en el grado de eficiencia de la misma.

Emisión de títulos

Así, se prevé que el Fondo de Reestructuración pueda adquirir los títulos emitidos por dos o más entidades de crédito residentes en España en el marco de un plan de integración que comporte una mejora de su eficiencia conjunta, plan que deberá ser aprobado por el Banco de España. Los títulos que pudieran ser adquiridos por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria son participaciones preferentes convertibles en acciones, en cuotas participativas y en aportaciones al capital social.

Además, los emisores tendrán que comprometerse a recomprar esos títulos tan pronto como puedan en los términos comprometidos en el plan de integración. Transcurridos cinco años desde el desembolso sin que las participaciones preferentes hayan sido recompradas por la entidad, el FROB podría solicitar su conversión en acciones, en cuotas participativas o en aportaciones sociales del emisor. Cada tres meses las entidades remitirán al Banco de España un informe sobre el grado de cumplimiento de las medidas contempladas en el plan de integración aprobado. El Banco de España podrá requerir la adopción de las acciones que sean necesarias para asegurar que el plan de integración se lleva efectivamente a término.

GOBIERNO DEL F ONDO

El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria se regirá por una Comisión Rectora compuesta por ocho miembros, cinco a propuesta del Banco de España (uno de ellos es el Subgobernador, que la preside) y los tres restantes, de cada uno de los Fondos de Garantía de Depósitos. Todos ellos serán nombrados por la Ministra de Economía y Hacienda, con un mandato de cuatro años renovable.  Adicionalmente asistirá a las sesiones de la Comisión Rectora, con voz pero sin voto, un representante de la Intervención General de la Administración del Estado.

El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria deberá elevar a la Ministra de Economía y Hacienda una memoria económica en la que se detalle el impacto financiero, bien del plan de reestructuración o bien de la eventual adquisición de títulos en un proceso de integración, sobre los fondos aportados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

La Comisión Rectora elevará a la Ministra de Economía y Hacienda un informe cuatrimestral sobre la gestión del Fondo, para su remisión a la Comisión de Economía y Hacienda del Congreso de los Diputados. Además, para reforzar el control parlamentario del FROB, el Secretario de Estado de Economía comparecerá cada trimestre ante esta Comisión y el Presidente del Consejo Rector expondrá los detalles de cada operación que el Fondo lleve a cabo en un plazo máximo de treinta días desde que ésta se realice.

DOTACIÓN Y FINANCIACIÓN

El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria tendrá una dotación inicial de nueve mil millones de euros, con una financiación mixta a cargo de los Presupuestos Generales del Estado (6.750 millones de euros) y de las aportaciones de los Fondos de Garantía de Depósitos en establecimientos bancarios, cajas de ahorro y cooperativas de crédito (2.250 millones de euros).

El nuevo Fondo se dotará con los remanentes del Fondo para la Adquisición de Activos Financieros.

Adicionalmente, para el cumplimiento de sus fines el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria podrá captar financiación con aval del Estado en los mercados de valores emitiendo títulos de renta fija, recibir préstamos, solicitar la apertura de créditos y realizar otras operaciones de endeudamiento, por un importe que en 2009 no podrá superar en tres veces su dotación.